La Ley Federal del Trabajo en su artículo 87 establece que los
trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del
día veinte de Diciembre de cada año, mismo que será equivalente a quince días
de salario por lo menos, precisándose además que los trabajadores que no hayan
cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando
o no en la fecha de pago del aguinaldo, tendrán derecho a que se les retribuya
la parte proporcional del mismo de conformidad con el tiempo que hubieren
trabajado, cualquiera que fuere éste. Sin embargo, algunos patrones otorgan a
sus trabajadores un aguinaldo superior a 15 días que establece la Ley Federal
del Trabajo (LFT) y en algunos casos lo entregan en dos pagos, es decir, el
primer pago se efectúa en Diciembre y otro en Enero lo que le permite al
trabajador hacer frente a los gastos de día de reyes y a la cuesta de Enero.
Así mismo algunos otros patrones anticipan el aguinaldo en el transcurso del
año situación permitida por la LFT al considerar que la fecha máxima para el
pago es a más tardar el día 20 de Diciembre. Según la exposición de motivos del
artículo 87 de la Ley Laboral, la finalidad de que el aguinaldo se entregue a
los trabajadores antes del 20 de Diciembre es por las festividades de Navidad y
Año Nuevo ya que los trabajadores requieren hacer gastos extras, que no pueden
cubrir con su salario normal.
IMPORTE DEL AGUINALDO
El aguinaldo deberá ser
cubierto a los trabajadores con base a la cuota diaria, según criterio que ha
sostenido mediante la jurisprudencia emitida por la Cuarta Sala de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación que establece que el salario que sirve de base
para cuantificar el aguinaldo, es el que ordinariamente se percibe por día
laborado y no el conocido como integrado ya que el integrado
EL AGUINALDO Y
SU RETENCIÓN DEL ISR
Sólo sirve para el pago de indemnización según lo
establecido en el artículo 89 de la LFT. El salario conforme el cual se debe
pagar el aguinaldo es aquel que se devengue en el momento del pago el cual debe
ser precisamente a más tardar el 20 de Diciembre. Es importante señalar que al
entregar el aguinaldo se deberá de recabar la firma de recibido del trabajador,
ya sea en la nómina o elaborar un recibo por separado.
martes, 10 de mayo de 2016
Compensación por Horas Extra
Las horas
de trabajo se definen en la ley como el tiempo durante el cual el trabajador
estará disponible para ofrecer sus servicios al empleador.
Las horas
de trabajo máximas son de 85 horas al día y 48 horas semanales para la jornada
diurna, y 7 horas por día y 42 horas semanales para los trabajadores de jornada
nocturna, mientras que son 7.5 horas al día y 45 horas semanales para los
trabajadores mixtos (diurna y nocturna). Trabajadores y empleadores determinan
la longitud de un día de trabajo, sin embargo no pueden excederse del máximo
legal.
Las horas
de trabajo pueden llegar a extenderse más allá de las horas normales debido a
circunstancias extraordinarias (catástrofes o peligro inminente). Sin embargo,
estas horas extra no podrán exceder de 3 horas al día y tres veces a la semana,
es decir, 9 horas a la semana. Las primeras 9 horas de tiempo extra se pagan a
una tasa del 200% del salario normal. Si un trabajador debe trabajar más de las
9 horas de trabajo extra en una semana, el empleador debe pagar el 300% del
salario normal al trabajador.
Compensación por trabajo nocturno
El
trabajo realizado entre las 20:00 horas y las 06:00 horas se considera trabajo
nocturno. Las personas que trabajan por la noche sólo deben hacerlo por 7 horas
para ser consideradas de tiempo completo. En México, a los trabajadores
nocturnos no se les paga un salario mayor por trabajar en la noche, más bien
sus horas de trabajo son reducidas de 8 horas a 7 horas.
Días de descanso compensatorios
No hay
ninguna disposición compensatoria cuando un trabajador tiene que laborar en un
día de descanso semanal o festivo.
Fines de semana / Días compensatorios
La Ley
Federal del Trabajo garantiza el pago extra para aquellos que trabajen en fin
de semana o días de asueto obligatorios.
Si un
trabajador lo hace en su día de descanso/Domingo, se le pagará 125% del salario
básico por hora por cada hora que trabaje en ese día.
Si
trabaja en un día de asueto obligatorio recibirá el 200% del salario básico por
hora.
Hay un
pago adicional por trabajar en día de descanso semanal/domingo y en días
festivos.
IMMS
La ley del Seguro Social vigente, publicada en el Diario Oficial de la
Federación mediante decreto de fecha 21 de diciembre de 1995 es el marco legislativo bajo el que
rige sus operaciones el Instituto Mexicano del Seguro Social.
Actualmente, la Ley señala que la seguridad social tiene como
finalidades:
· La asistencia médica.
· La protección de los medios de
subsistencia.
· Los servicios sociales necesarios
para el bienestar individual y colectivo.
· El otorgamiento de una pensión que,
en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales, será garantizada
por el Estado.
A efecto de cumplir con tal propósito, el Seguro Social comprende dos
tipos de régimen; el obligatorio y el voluntario.
Inducción al Área
Funciones
en el área de producción:
Tornel
recomienda revisar sus llantas cada semana para mantener la seguridad en el
manejo de su vehículo y prolongar la vida útil de sus llantas.
1.- La baja o alta presión de inflado provoca
un desgaste acelerado e irregular en la superficie de rodamiento, ya que no
existe un contacto adecuado entre el piso y la llanta. En el primer caso se
genera un aumento en el consumo de combustible, (debido a que se incrementa la
resistencia de la llanta al rodar) y en el segundo se pierde la estabilidad.
2.- Con
neumáticos lisos el auto presentara problemas de frenado y mala tracción.
·
• El desgaste irregular puede provocar la
exposición de alambres en el neumático, así como vibración del volante.
·
• Los neumáticos parchados o reparados provocan
bajo índice de velocidad, mayor consumo de gasolina, vibración del volante,
menor respuesta del mismo, penetración de contaminantes a la llanta, oxidación
de esta al interior, degradación de sus componentes y fugas de aire.
Información Contenida En La Llanta
1.-
Presión de inflado
Aquí
se establece la máxima presión de aire que soporta la llanta. Exceder el límite
podría traer graves consecuencias.
Enlistamos
algunos niveles de inflado recomendado para los rines más comunes; sin embargo,
será mejor que consulte su manual de propietario y tenga los datos precisos.
Tamaño
del ring (en pulgadas) presión en (libras)
l rin (en pulgadas)
|
Presión (en libras)
|
13
|
26
|
14
|
28
|
15
|
30
|
16
|
35
|
17
|
|
18
|
42
|
5.- Construcción
Existen
dos tipos de construcción: las convencionales (cuerdas cruzadas) que
normalmente son de material textil, y las radiales (R), construidas con cuerdas
textiles y cinturones de acero, en la mayoría de los casos.
6.-
Tamaño del rin
Este
número designa el diámetro del rin en pulgadas.
7.-
Rango de carga
Se
trata de un número asignado que va del cero al 279 y que nos indica la
capacidad máxima que puede soportar la llanta. Los índices de carga para
neumáticos de automóvil van de 75 a 105.
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