Las
Vacaciones que se declaran en la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 76, son
otorgadas a los trabajadores que posean más de un año de servicios, la
posibilidad y obligación de disfrutar de un período anual de vacaciones pagas.
Este
período de vacaciones nunca podrá ser inferior a seis días laborales. Asimismo,
la totalidad de días correspondientes en vacaciones, se computan basándose en
la antigüedad del trabajador.
Los trabajadores que tengan más de un año de
servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún
caso podrá ser inferior a 6 días laborables, y que aumentará en 2 días
laborables, hasta llegar a 12, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el periodo de vacaciones se
aumentará en 2 días por cada 5 años de servicio”.
Tabla de vacaciones correspondientes
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1
año
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6
días
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2 años
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8
días
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3
años
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10
días
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4
años
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12
días
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5
a 9 años
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14
días
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10
a 14 años
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16
días
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15
a 19 años
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18
días
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20
a 24 años
|
20
días
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25
a 29 años
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22días
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