martes, 10 de mayo de 2016
Objetivo del Manual
Acoger, y entusiasmar al
nuevo colaborador con el estilo de gestión y la cultura organizacional, orientar y ofrecer documentación
adicional y complementaria a la información ofrecida por otros
canales, con la finalidad de informar sobre las reglas y normativas internas de
la empresa, formando y promoviendo una integración eficaz
en el puesto y con el proyecto corporativo.
Bienvenida
Bienvenido a Tornel el corporativo líder en Llantas
Radiales.
El presente Manual de Bienvenida ha sido elaborado
pensando en ti que te integras a este equipo de trabajo conocido como Tornel;
tiene la finalidad de que conozcas la empresa en la que a partir de este
momento comenzaran tus labores, ya que es nuestra intención que el conocimiento
de la empresa más tu compromiso en este tu nuevo empleo, sean el punto de
partida para que te sientas parte de esta institución y tengas las bases para
el adecuado desempeño de tu trabajo.
De esta manera te pedimos que te sientas a gusto y
entusiasta, y que leas con atención y por completo el presente Manual que
constituye tu primera capacitación para el trabajo dentro de Tornel.
¿Quién es TORNEL?
Tornel es
el líder indiscutible de Llantas Radiales en la India; tanto para camión y
autobús como para automóviles. Es la única compañía con una amplia gama de
productos para cubrir las necesidades de los segmentos de Tractores, Llantas
Industriales, Camión y Camioneta Convencional.
Pionera
en la fabricación de llantas de automóvil con índices de velocidad H, V &
Z.
Cuenta
con Manejo Total de Calidad (TQM-Total Quality Management) con lo que ha
recibido cuatro certificados: ISO-9001, ISO-14001, QS-9000 y TS-16949.
Tornel es
la exportadora de llantas más grande de la India: exporta a más de 75 países y
tiene presencia en todos los continentes.
Se
encuentra entre las 100 marcas más valiosas en la India y es la primera
compañía llantera en ser reconocida como “SUPERBRAND”.
Es
considerada como la marca número uno en “Satisfacción al Cliente” por J.D.
Power Asia Pacific Study 2005; ocupando a partir de ese año el primer o segundo
lugar de la lista.
Misión
Ser una compañía obsesionada con el cliente.
Cliente 1ero 24x7
Marca número
1 en México
La compañía más rentable en México
Equipo motivado y comprometido al desempeño con
excelencia
Ser una "Empresa Verde"
Entregar dividendos a todos los accionistas
Historia
Bienvenido a la nueva era Tornel, que
no es sólo una nueva imagen...
Es la
Re-Evolución de la empresa llantera con más tradición en México que marca la
entrada a una nueva era de tecnología, diseño y calidad con proyección
internacional.
Es la culminación de una historia de visionarios
mexicanos que han trabajado a lo largo de más de 70 años y que hoy, con el
nuevo milenio, la proyección internacionalmente al integrarse al consorcio
global de JK Tyre Industries.
JK Tyre, de
reconocido prestigio mundial, le agrega a la marca Tornel, los valores de
calidad y competitividad de clase mundial, abriendo las fronteras de
exportación a más de 15 países.
Esta
Re-Evolución de tecnología, diseño, trabajo, pasión y entrega es la esencia de
Tornel de hoy, una de las marcas de llantas más reconocidas a nivel mundial.
Desde 2008 Tornel, forma parte de JK Tyre Industries, convirtiéndose en una poderosa empresa
que hace la llanta más poderosa, que resiste los cambios de México y el Mundo,
porque es... LA LLANTA FUERTE.
Política Ambiental
En
Compañía Hulera Tornel S.A. de C.V estamos comprometidos a diseñar, fabricar y
comercializar nuestros productos de una manera que proteja el medio ambiente y
prevenga riesgos de trabajo en todas las actividades que se llevan a cabo bajo
control.
Mejorando
continuamente el desempeño de Gestión Ambiental y Seguridad y Salud en el
Trabajo para el crecimiento sostenible a través de:
·
Cumplir con los requisitos legales en materia de
Gestión Ambiental, Seguridad y Salud en el Trabajo y otros aplicables a
productos, procesos y servicios.
·
La adopción de medidas en el sistema de Gestión
Ambiental y Seguridad y Salud en el Trabajo que nos permita ser una empresa
proactiva, innovadora y rentable.
·
La optimización de energías, recursos y la
minimización de residuos.
·
Revisar regularmente el cumplimiento de objetivos y
metas.
·
Proporcionar a nuestros empleados, proveedores y
contratistas el medio de trabajo adecuado, instalaciones, información y
capacitación en las cuestiones de Gestión Ambiental, Seguridad y Salud en el
Trabajo que les concierne.
Certificación
DISTRIBUIDORES PROGRAMA
DE CERTIFICACIÓN
·
Preparación de la Tienda
• Identificación correcta del punto de venta de
acuerdo a política de identificación de embajadores.
• Limpieza del patio de servicio y sala de ventas.
• Personal uniformado.
• Acomodo, limpieza y exhibición correcta del
producto.
Acercamiento con el Cliente
Bienvenida.
• Dar confianza al cliente.
• Hacerlo sentir en casa.
• Romper la barrera a la predisposición que tienen
los consumidores a no adquirir, asegurando que la experiencia de comprar
llantas sea agradable y confiable.
• Hacerlo sentir que está en manos de expertos:
“Bienvenido (a), mi labor es recomendarle la llanta más adecuada
Tiendas de Autoservicio
·
Preparación de la Tienda.
·
Embajadores.
·
Respaldo de los Autoservicios.
·
Oportunidad de generar negocio en punto de venta.
·
Servicios (montaje, alineación, balanceo, frenos,
etc.).
·
Tráfico en los Centros de Servicios.
Filosofía
Tornel,
es una empresa que en casi tres años ha escalado grandes peldaños en la
industria llantera nacional.
Todo
éste esfuerzo ha llevado a nuestra empresa a aumentar considerablemente su
participación de mercado en todos las líneas de producto: Pasajero, Camión
ligero, Camión y Agrícola, al aumentar nuestros niveles de
producción y de productividad de manera muy notable.
Es
muy grato informarles que TORNEL
S.A. de C.V. es la empresa fabricante de llantas más grande e importante de
nuestro país.
TORNEL es
la empresa fabricante de llantas que más unidades produce en México, logrando
así también el mayor tonelaje de producción dentro de la Industria llantera
Nacional.
Es
por ello que ahora nuestra Empresa se proyecta con esta nueva imagen para dar a
conocer nuestro liderazgo en nuestro país.
Esta
nueva imagen del logro de nuestra Empresa representa el esfuerzo de todos los
que laboramos en esta Empresa.
Reglamento Interno
- Condiciones de admisión
- Período de prueba
- Trabajadores accidentales o transitorios
- Horario de trabajo
- Las horas extras y trabajo nocturno
- Días de descanso legalmente obligatorios
- Salario mínimo, convencional, lugar, días, horas de pagos y períodos que lo regulan
- Prescripciones de orden
- Orden jerárquico
- Labores prohibidas para mujeres y menores
- Obligaciones especiales para la empresa y los trabajadores
- Escala de faltas y sanciones disciplinarias
- Reclamos: personas ante quienes deben presentarse y su tramitación
- Publicaciones
- Vigencia
- Disposiciones finales
- Cláusulas ineficaces
INFONAVIT
¿Ya sabes cómo afiliarte al Infonavit?
En el momento en que tu patrón te inscribió al
Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), te convertiste en derechohabiente
del Infonavit. Es por eso que la información que tiene el IMSS de ti, como tu
Número de Seguridad Social (NSS) y el salario diario integrado que percibes
pasará directamente al Infonavit, sin que tengas que hacer ningún trámite.
Recuerda que tienes que estar atento a que tu patrón avise al IMSS cada vez que tu situación laboral cambie. Por ejemplo cuando:
- Dejes de trabajar en esa
empresa
- Tu sueldo aumente
- Estés de incapacidad
- Regreses de tu incapacidad
- Te jubiles
Estas incidencias modifican tu ingreso mensual, y
tu ahorro y el pago de un crédito se hacen en función de la cantidad real que recibes
en tu salario cada mes.
¿Sabes que tienes un ahorro en el Infonavit?
A lo largo de tu vida laboral has ido acumulando un
ahorro que el Infonavit guarda en la Subcuenta de Vivienda. Éste se forma con
las aportaciones que tu patrón ha ido abonando a tu cuenta y equivale al 5% de
tu salario integrado, o sea, tu sueldo más prestaciones, por ejemplo, cuotas
diarias, gratificaciones, percepciones, alimentación, habitación, primas,
comisiones, prestaciones en especie y cualquier otra cantidad, o las
prestaciones que el patrón te dé por tu trabajo de manera particular.
Este ahorro lo puedes ocupar para
·
Sumarlo a un crédito hipotecario que te permita
ampliar tu capacidad de compra para una mejor vivienda.
·
Usarlo como garantía en caso de que solicites un
crédito a una entidad financiera que tenga convenio con el Infonavit.
·
Mejorar tu pensión al momento de tu retiro. Si
estás bajo el régimen de la Ley del IMSS de 1997, tu ahorro acumulado en el
Infonavit te lo devolverá tu Afore; si estás bajo el régimen de la Ley del IMSS
de 1973 podrás solicitar la entrega de tu ahorro directamente en el Infonavit.
·
Qué necesitas para contratar un crédito Infonavit
·
Si decides usar tu ahorro para pedir un crédito,
toma en cuenta que tienes
varias posibilidades:
Antes de hacer cualquier trámite para solicitar un crédito debes saber si ya reúnes la puntuación necesaria para obtenerlo; una forma simple de hacerlo es que consultes tu precalificación.
varias posibilidades:
Antes de hacer cualquier trámite para solicitar un crédito debes saber si ya reúnes la puntuación necesaria para obtenerlo; una forma simple de hacerlo es que consultes tu precalificación.
Cómo vas
a pagar tu crédito
Las
aportaciones de tu patrón irán formando
tu ahorro hasta el momento en que solicites un crédito; pero, a partir
de que lo obtengas, éstas complementarán tu pago mensual con lo cual se
acortará el tiempo de pago.
Es muy importante que tengas presente que al obtener un crédito adquieres una responsabilidad de pago que suele prolongarse por varios años. Por eso, es muy importante que de solicitarlo estés al tanto de que en tu estado de cuenta se reflejen todos los pagos que hagas; eso te evitará problemas futuros.
Nosotros te enviaremos regularmente el estado de cuenta mensual de tu crédito por correo electrónico o también podrás consultarlo en Mi Cuenta Infonavit. Ahí podrás ver el monto actual de tu deuda, tu mensualidad y los intereses que se aplicarán cada mes a tu saldo.
El monto que pagarás cada mes dependerá de tu salario y edad, pero nunca será mayor al 30% de tu salario mensual.
Asimismo, deberás estar al corriente con el pago del mantenimiento, del impuesto predial y de otros servicios públicos; el Infonavit cuenta con un programa que te facilitará su pago.
Es muy importante que tengas presente que al obtener un crédito adquieres una responsabilidad de pago que suele prolongarse por varios años. Por eso, es muy importante que de solicitarlo estés al tanto de que en tu estado de cuenta se reflejen todos los pagos que hagas; eso te evitará problemas futuros.
Nosotros te enviaremos regularmente el estado de cuenta mensual de tu crédito por correo electrónico o también podrás consultarlo en Mi Cuenta Infonavit. Ahí podrás ver el monto actual de tu deuda, tu mensualidad y los intereses que se aplicarán cada mes a tu saldo.
El monto que pagarás cada mes dependerá de tu salario y edad, pero nunca será mayor al 30% de tu salario mensual.
Asimismo, deberás estar al corriente con el pago del mantenimiento, del impuesto predial y de otros servicios públicos; el Infonavit cuenta con un programa que te facilitará su pago.
FONACOT
Para que
los Centros de Trabajo cuyas relaciones laborales se rigen por la Ley Federal
del Trabajo, obtengan su afiliación, deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
- Estar inscrita ante el Servicio de
Administración Tributaria.
- Contar con el régimen de seguridad social ante
el Instituto Mexicano del Seguro Social.
- Estar inscrita ante el Servicio de
Administración Tributaria.
- Ser una sociedad o asociación constituida bajo
el marco legal vigente.
- Contar con el régimen de seguridad social en
el Instituto Mexicano del Seguro Social.
El trámite de Afiliación del Centro de Trabajo es
responsabilidad del Propietario o Representante Legal ya que se verificará la
información que proporcione y deberá ser autenticada con su FIEL o CURP. Por lo
anterior, la empresa que se afilie al INFONACOT a través de la página de
internet, deberá contar con la siguiente información:
- Número de Seguridad Social Patronal del Centro
de Trabajo.
- Datos generales del Propietario o
Representante Legal.
- Firma Electrónica Avanzada FIEL, o
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
Los Organismos de la Administración Pública que
estén interesados en afiliarse al Instituto FONACOT y que sus trabajadores sean
beneficiados con el crédito FONACOT, deberán cumplir con los siguientes
requisitos:
- Estar constituido o haber sido creado conforme
al marco legal vigente.
- Estar regulado por alguna de las Leyes en
materia de Trabajo, reglamentarias del Artículo 123 constitucional.
- Contar con un régimen de seguridad social ante
el cual se encuentren inscritos sus trabajadores, ya sea IMSS, ISSSTE o el
que corresponda.
- Contar con el Acuerdo de Cabildo cuando
resulte aplicable, cuando así lo establezca la Ley Municipal.
Días de Descanso
Descansos legales
Para cualquier empresario es de gran importancia
conocer los descansos que manda la ley federal del trabajo, cómo se manejan y
como repercuten económicamente en su empresa. Conceder los descansos al
trabajador representa una carga para el patrón por que estando el empleado
ausente de sus labores no produce, y muchas veces, el empresario se ve obligado
a contratar otra persona para que lo supla. Además de esto, si el patrón se ve
en la necesidad de que el trabajador labore en el día que le corresponde como
descanso semanal u obligatorio, tendrá que pagar un salario doble, lo que
significa evidentemente un aumento en sus costos normales. El empresario tiene
que conocer también cuáles son las reglas para efectuar pagos en los días en
que el trabajador presta sus servicios en lugar de descansar.
Clases de descansos legales
Descanso
semanal
El descanso semanal, también conocido como descanso
del séptimo día, cumple con la intención del legislador de que por cada 6 días
laborados el trabajador disfrute de un día de descanso, por lo menos. Lo
anterior significa que a cambio del trabajo por seis días consecutivos, el
trabajador tendrá derecho a dejar de concurrir a su trabajo el séptimo día con
disfrute de su salario. Pero también puede suceder que la empresa conceda al
trabajador, dos días de descanso a la semana en lugar de uno solo y entonces el
trabajador prestará sus servicios durante cinco días consecutivos y descansará
los dos siguientes. Lo normal en nuestro medio es que el descanso semanal sea
el día domingo.
Descansos
obligatorios
Los descansos obligatorios son fechas especiales
señaladas por la Ley en que el trabajador está autorizado para dejar de
concurrir a sus labores, con el fin de conmemorar acontecimientos religiosos,
cívicos o de solidaridad con la clase trabajadora. Los días de descanso obligatorio
establecidos por la ley son los siguientes: 1 de enero 1 de mayo 16 de
septiembre 20 de noviembre 25 de diciembre
Prestaciones para el Retiro y la Vejez
¿Cómo funciona el Seguro de Retiro,
Cesantía en Edad Avanzada y Vejez del Seguro Social?
Es
el seguro mediante el cual se busca otorgar pensiones más dignas, ya que cuenta
con un sistema transparente en el que el trabajador, al ser propietario de los
recursos de su cuenta individual para el retiro, nunca pierde las aportaciones
hechas por él mismo, así como las que en su favor hagan el patrón y el
Gobierno.
¿Quiénes tienen derecho a recibir los
beneficios de este Seguro?
Los
asegurados que cumplan 65 años de edad, los que cumplan 60 años de edad y
queden privados de trabajo remunerado, y los que deseen pensionarse antes de
cumplir las edades establecidas, previo cumplimiento de los requisitos
señalados en la Ley. Asimismo, los beneficiarios legales de los pensionados por
este Seguro al ocurrir la muerte de éste.
¿A quiénes se denomina beneficiarios
legales del asegurado?
La
esposa (o), o concubina (o).
Los
hijos menores de 16 años o hasta los 25 si realizan estudios en planteles del
Sistema Educativo Nacional. Los hijos que no puedan mantenerse por su propio
trabajo debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico. El padre y
la madre si viven en el hogar del trabajador y dependen económicamente del
mismo.
¿Quiénes son los beneficiarios
sustitutos?
Son
aquellos que designa el asegurado cuando no existan beneficiarios legales.
¿Qué tipo de pensiones otorga este
Seguro y cuáles son los requisitos?
Con
fecha primero de julio de 1997, se modificó la Ley del Seguro Social, y la
reforma más importante de la nueva Ley fue en el Seguro de Retiro, Cesantía y
Vejez, y señala lo siguiente: La pensión por cesantía en edad avanzada se
otorga al asegurado que cumple 60 años de Edad y queda privado de trabajo
remunerado; debe tener reconocidas por el Instituto un mínimo de mil doscientas
cincuenta cotizaciones semanales. La pensión por vejez se otorga cuando el
asegurado haya cumplido sesenta y cinco años de edad y tenga reconocidas por el
Instituto un mínimo de mil doscientas cincuenta cotizaciones semanales. El
asegurado podrá pensionarse antes de cumplir las edades establecidas, siempre y
cuando la pensión que se calcule en el sistema de renta vitalicia, sea superior
en más de 30% a la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del seguro de
sobrevivencia para sus beneficiarios.
En
la nueva Ley del Seguro Social, en el Artículo Decimoprimero Transitorio, se
establece que todos aquellos trabajadores que hayan sido inscritos con
anterioridad al primero de julio de 1997, tendrán, al momento de cumplir con
los requisitos de pensionarse, el derecho de elegir entre la Ley anterior del
año de 1973, y la Ley actual del primero de julio de 1997, lo que más beneficie
a sus intereses. La mejor opción para las personas que están por pensionarse es
ejercer el derecho que otorga este Artículo y retirarse bajo las condiciones
establecidas por la Ley del Seguro Social del año de 1973, porque, de acuerdo
con la Ley que sé derogó, las condiciones para una pensión por Cesantía en Edad
Avanzada son: 500 semanas de cotización y con sesenta años de edad le
corresponde el 75% de la pensión; con 61 años de edad le corresponde el 80%, de
la pensión; con 62 años de edad, le corresponde el 85% de la pensión; con 63
años de edad le corresponde el 90% de la pensión; con 64 años de edad le
corresponde el 95% de la pensión y con 64 años seis meses y un día, ya le
correspondería el 100% de la pensión. Con 65 años de
Edad
o más tendrá el derecho a una Pensión por Vejez.
¿Cuáles son las prestaciones a que
tienen derecho los pensionados por este Seguro?
Tienen
derecho a una pensión. Prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y
maternidad (atención médico quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria para el
pensionado y sus beneficiarios legales).Asignaciones familiares.
Ayuda
asistencial.
¿Qué sucede cuando el asegurado cumple
con el requisito de la edad, pero no reúne las semanas de cotización antes
señaladas?
Podrá
retirar el saldo de su cuenta individual en una sola exhibición o seguir
cotizando hasta cubrir las semanas necesarias para que cubra su pensión. Si el
asegurado tiene cotizado un mínimo de setecientas cincuenta semanas tendrá
derecho únicamente a las prestaciones en especie del Seguro de Enfermedades y
Maternidad (atención médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria) para él y
sus beneficiarios legales. Esta situación sólo es aplicable para los asegurados
inscritos en el Seguro Social con fecha posterior al primero de julio de 1997,
los que fueron inscritos con anterioridad a esta fecha no tienen derecho a esta
prestación.
¿A partir de qué fecha inicia el goce de
la pensión?
Tratándose
de la Pensión de Cesantía en Edad Avanzada desde el día en que el asegurado
cumpla con la edad y las cotizaciones semanales requeridas, siempre que
solicite el otorgamiento de dicha pensión y acredite haber quedado privado de
trabajo remunerado. Respecto a la Pensión de Vejez se otorgará previa solicitud
del asegurado se le cubrirá a partir de la fecha en que haya dejado de
trabajar, previo cumplimiento del requisito de edad y cotizaciones semanales.
¿Cuáles son los requisitos para
solicitar la pensión?
Acudir
en horas hábiles a la Unidad de Medicina Familiar que le corresponda, de
acuerdo con su domicilio, a la sección de prestaciones en dinero, con la
siguiente documentación:
1.
Credencial oficial con fotografía, de preferencia la de elector.
2.
Credencial de asegurado o documento que contenga su número de afiliación.
3.
Copia certificada de la Baja, presentado por el patrón en el Instituto Mexicano
del Seguro Social.
4.
Copia certificada del acta de nacimiento del asegurado para acreditar la edad
tratándose de las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.
5.
Copia certificada del acta de matrimonio civil, para la asignación familiar.
6.
Copia certificada del acta de nacimiento de alguno de los hijos procreados en
el concubinato y testimonial elaborada por el Instituto, para asignación
familiar a concubina o concubinario.
7.
Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento de los
hijos hasta de 16 años, para asignación familiar.
8.
Constancia aprobatoria de estudios en planteles del sistema educativo nacional,
tratándose de hijos mayores de 16 años y hasta 25 años, para asignación
familiar.
9.
Dictamen emitido por el Servicio de Salud en el Trabajo del Instituto,
tratándose del huérfano mayor de 16 años con enfermedad crónica, defecto físico
o psíquico, al que se le prorrogará el goce de la asignación familiar hasta en
tanto no desaparezca la incapacidad.
10.
Copia certificada del acta de nacimiento, adopción o reconocimiento del
asegurado y testimonial para comprobar dependencia económica elaborada por el
Instituto, para asignación familiar a ascendientes.
11.
En su caso, copia del oficio expedido por el Instituto en donde se le reconoce
el número de semanas cotizadas para el trámite de la pensión.
12.
Firmar la solicitud, para que se inicie el trámite de la pensión.
Cuando
el asegurado obtiene el carácter de pensionado
Vacaciones
Las
Vacaciones que se declaran en la Ley Federal de Trabajo, en su artículo 76, son
otorgadas a los trabajadores que posean más de un año de servicios, la
posibilidad y obligación de disfrutar de un período anual de vacaciones pagas.
Este
período de vacaciones nunca podrá ser inferior a seis días laborales. Asimismo,
la totalidad de días correspondientes en vacaciones, se computan basándose en
la antigüedad del trabajador.
Los trabajadores que tengan más de un año de
servicios disfrutarán de un período anual de vacaciones pagadas, que en ningún
caso podrá ser inferior a 6 días laborables, y que aumentará en 2 días
laborables, hasta llegar a 12, por cada año subsecuente de servicios.
Después del cuarto año, el periodo de vacaciones se
aumentará en 2 días por cada 5 años de servicio”.
Tabla de vacaciones correspondientes
|
1
año
|
6
días
|
2 años
|
8
días
|
3
años
|
10
días
|
4
años
|
12
días
|
5
a 9 años
|
14
días
|
10
a 14 años
|
16
días
|
15
a 19 años
|
18
días
|
20
a 24 años
|
20
días
|
25
a 29 años
|
22días
|
Suscribirse a:
Entradas (Atom)